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Descripción General del Subsistema de Bienes de Consumo

El Subsistema de Bienes de Consumo (SBC) integrado al Sistema de Gestión Administrativa Financiera del Sector Público, está constituido por un conjunto de procesos interrelacionados e interdependientes que forman un todo funcional encadenado y armónico entre sí.

Particularmente, el modelo funcional para la Administración de Bienes de Consumo del Sector Publico está definido para atender de manera eficiente y estandarizada la recepción, almacenamiento, despacho y distribución de los bienes de consumo a nivel de cada unidad ejecutora, permitiendo asimismo, saber de manera rápida y certera los movimientos y las existencias de determinado artículo y en que almacén están ubicados a fin de tomar decisiones apuntando a la eficiencia y a la transparencia en la Administración Pública.

Adicionalmente, la gestión de estos bienes permite valorar la mercancía existente en el inventario permanente y registrar contablemente los inventarios en almacén conforme al método de cálculo definido por el Órgano Rector.

El control de los almacenes e inventarios incluye igualmente, informes periódicos, inventario y conciliación de las existencias físicas; recepción de mercancías y objetos; valoración de inventario, rotación de inventario, stock mínimo, pérdidas y amortizaciones, estimaciones de consumo y las transferencias a otros almacenes.

El Órgano Rector del sistema, es la instancia competente para normar, monitorear y supervisar los bienes del Sector Público, así como, para determinar y estructurar los clasificadores  y los catálogos o tablas básicas estándares, al igual que los vínculos con clasificadores de otros subsistemas, a partir de los cuales se facilita el registro y control de los bienes nacionales.

Igualmente, el Órgano Rector será la instancia facultada para establecer las normas para la administración de usuarios del sistema a fin de asignar los permisos de entrada conforme los diferentes grados de responsabilidad, roles y privilegios que se determinen para cada usuario.

Las máximas autoridades administrativas de los organismos y entidades del Sector Público regidas por el presente sistema, serán los órganos ejecutores del mismo. Para tal efecto se apoyarán en las unidades administrativas responsables del control de almacenes y de los servicios respectivamente, las que dependerán de las Divisiones Administrativas Financieras (DAF), debiendo asegurar las directrices y regulaciones establecidas para la implantación, registro y control de los bienes y servicios determinados en esta aplicación informática.

Los usuarios del Órgano Rector y de las DAF de cada Institución con determinados privilegios de acceso al SBC, deberán estar previamente registrados para que el sistema le permita consultas y/o crear entradas en el mismo.


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