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Preguntas del Subsistema de Tesoraría

P1. ¿Dónde realizará la conciliación bancaria, será en Tesorería o en Contabilidad, entonces la Contabilidad va estar dependiente de Tesorería?

R1. La TGR asume la función de propietario de las Cuentas Bancarias ante el Sistema Bancario Nacional, pero de  acuerdo a las Normas Técnicas de Control Interno de la CGR "Las conciliaciones bancarias estarán bajo la responsabilidad de personas que no tengan responsabilidad en el manejo de efectivo o la emisión de cheques". Por lo que le corresponde a la Contabilidad asumir esa responsabilidad.

P2. ¿Cómo se registraran en el SIGAF, los ingresos de Rentas con Destino Específico que perciben las instituciones?


R2. Con el SIGAF las reglas del registro cambian para las Rentas con Destino Específico. El registro del Ingreso lo efectuará la OEP/OCE con la minuta de depósito si recauda a través de Bancos o con el Recibo Oficial de Caja si el Ingreso es a través de su propia Caja.

P3. ¿La Programación Financiera de Caja se realizará por fuente de financiamiento y por cuenta escritural?

R3. En el nuevo sistema a través de la aprobación de la programación semanal por mes de caja, generara un registro adicional de solicitud de Cuota de Pago. La Cuota de Pago será  asignada a las OCE/OEP por fuente de financiamiento y cuenta escritural asociada. Esta cuota permitirá a cada OCE/OEP controlar la disponibilidad de pago, permitiéndonos tener un enfoque financiero y una mejor planificación de sus requerimientos de pagos, lo que le permitirá a la TGR, el contar con los insumos correctos para su proceso de toma de decisiones, elaborar flujos de caja que permitan anticipar las entradas y salidas de efectivo de ser posible diariamente.

P4. ¿Cuál sería el soporte del pago para la institución, cuando se efectúa el pago al proveedor a través del medio de pago TEF?

R4. En las normas internas que emitió la CGR, indica los instrumentos que se pueden considerar como un soporte del pago que se realizó con TEF. En las NCI hay un acápite especial sobre las transferencias electrónicas (Ver acápite 5.12 inciso 3.b), en base a este acápite se diseñó un reporte con la información necesaria del pago TEF, el cual fue avalado por la CGR, es decir que la Contraloría indicó que no tienen ninguna objeción al mismo y que es válido como soporte del pago.

P5. ¿Existe vínculo entre la Programación Presupuestaria y la Programación de Pagos?

R5. La programación presupuestaria es la base que tienen las instituciones para conocer la programación de gastos en un período determinado, la programación de pagos incluye, además de los gastos devengados conforme la programación presupuestaria, otros gastos cuyo pago es Contable y que por su naturaleza no están considerados en la Programación de la Ejecución Presupuestaria, es por ello que el vínculo entre ambos instrumentos es muy importante, porque le permite a la TGR  conocer el universo de pagos a efectuarse en un periodo determinado.

P6. ¿El sistema contempla la administración de Fondos Rotativos y del fondo de caja chica?

R6. En el sistema se ha definido la Gestión de Fondos Rotativos y Cajas Chicas, para todos los casos donde el Órgano Rector a solicitud del Órgano Ejecutor anticipa o transfiere fondos de la CUT a cuentas bancarias para realizar pagos directamente desde las gestiones propias de la entidad. Las reservas de fondos rotativos, deben presentar su saldo real. El cambio que existe en la administración de FR, es en que la reserva no es estática, NO se mantienen con el mismo monto de constitución o ampliación para todo el periodo, se dinamizan actualizándose según la disponibilidad en la cuenta bancaria de segunda generación y los pagos en tránsito porque aún no han sido cobrados o deducidos de la cuenta bancaria.

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