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Funcionalidades de Compras

Principales Funcionalidades del Subsistema de Compras y Contrataciones

El Subsistema de Compras y Contrataciones (SCC) tiene el objetivo de asegurar el cumplimiento de la ley que en materia de contrataciones públicas se apruebe, su reglamento y normas complementarias que regulan la adquisición de bienes, licitación de obras y contratación de servicios de cualquier naturaleza que realicen los organismos y entidades del Sector Público. Entre sus principales funcionalidades están:

  1. Administración de Catálogos En una etapa inicial, se deberá realizar la carga y sincronización del catálogos de uso exclusivo del Subsistema de Compras y Contrataciones proveedores, lo que será el punto de partida para  la utilización el sistema. Entre los principales catálogos estarán: el universo de proveedores al momento de realizar dicha importación, Catálogo de Bienes y Servicios, Modalidades de Contratación, Unidades de Adquisiciones, etc.  

  2. Programación y Administración del Plan Anual de Contrataciones (PAC) El proceso de planificación de compras abarca desde la proyección inicial del Plan Anual   de Compras PAC hasta la planificación final que deberá estar fundamentada en el presupuesto aprobado por ley y que deberá ser publicado por cada entidad en el portal único de contrataciones de Nicaragua. El proceso de planificación deberá incluir todas las etapas desde su inicio, revisión, modificación hasta la aprobación final al igual que las modificaciones necesarias posteriores a su publicación final.

  3. Ejecución de procesos de compras y contrataciones en las distintas modalidades contenidas en la Ley 737 y en normas y políticas del BID y BM. La ejecución de las compras es el proceso medular de todo el SCC, debido a su complejidad está compuesto y separado en múltiples procesos abarcando diferentes etapas según sea necesario para las modalidades de compra establecidas en la Ley 737. Las etapas cruciales desde el inicio del proceso de adquisición o contratación abarcan desde la preparación del PBC, seguida por las revisiones y aprobaciones necesarias a éstos así como su consecuente publicación en los medios necesarios y su invitación directa a proveedores cuando así sea considerado por la modalidad de compra. Luego de la publicación se procede con el tiempo para la recepción de las ofertas, su posterior evaluación y finalmente su adjudicación por el comité de evaluación  y la máxima autoridad correspondiente.

  4. Ejecución de compras mediante Acuerdos Marco. El Acuerdo Marco es la figura contractual  mediante la cual el Órgano Rector del sistema de Administración de Contrataciones del Sector Publico, haciendo uso de la modalidad de Licitación Pública, adjudica y suscribe los mismos, con los proveedores de bienes y servicios estandarizados y de uso común que las Entidades del Sector Público deberán adquirir a través del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco. Estos acuerdos tienen vigencia mínima de un año.

  5. Las entidades públicas, regidas bajo la Ley No. 737, su Reglamento General y su reforma, estarán obligadas a adquirir mediante el Catalogo Electrónico. En el supuesto que no exista en éste ningún Acuerdo Marco suscrito  sobre el bien y/o servicio requerido, la entidad deberá efectuar el proceso que corresponda.

  6. Reportes y Estadísticas, se refiere a la generación de los distintos reportes, informes y estadísticas que son requeridos por las instituciones involucradas en la Gestión de Adquisiciones y por el Órgano Rector, para el análisis de la información y la toma de decisiones.

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