Firma Electronica Certificada

Ente Rector

El MHCP, atravez de la DGTEC, es la entidad rectora del proceso de acreditación de Firma Electrónica, la Ley de Firma Electrónica (Ley 729), publicada en la Gaceta No. 165, el 30 de Agosto de 2010, en su Articulo 15, dicta “Se designa a la Dirección General de Tecnología, conocida en adelante como DGTEC, dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como el ente rector del proceso de acreditación de firma electrónica”.

Atribuciones

La DGTEC, además de las potestades establecidas en las leyes de la materia tendrá las siguientes:

  • Autorizar, inspeccionar y evaluar a los proveedores de servicios de certificación.
  • Cancelar o suspender la autorización otorgada a los proveedores de servicios de certificación.
  • Administrar el registro de proveedores de servicios de certificación , que para tal efecto se conformará dentro de la DGTEC.
  • Supervisar la prestación de servicios que brinden los proveedores de servicios de certificación.
  • Aplicar las sanciones administrativas que correspondan.
  • Realizar auditorias técnicas a los proveedores de servicios de certificación.
  • Velar por el cumplimiento de la presente Ley y su reglamento.


Asi mismo como Entidad Rectora de Firma Electrónica el reglamento 57-2011 de la Ley 729 publicando en la Gaceta No. 211 del 8 de Noviembre de 2011, en su artículo 9  inciso 4, faculta a la DGTEC a dictar normas técnicas con el objeto de implementar la Ley y su Reglamento.

Marco Normartivo
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Ley de Firma Electrónica (Ley 729).
Ley de Firma Electrónica, publicada en la Gaceta No. 165, el 30 de Agosto del 2010.
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Reglamento 57-2011, Reglamento de la Ley 729.
Reglamento de Ley 729, publicado en la Gaceta No. 211, el 08 de Noviembre del 2011.
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Acuerdo Interinstitucional No. 01-2015.
Registro y Administración de los Identificadores de Objetos (OID) Nacionales, publicado en la Gaceta No. 156, el 19 de Agosto de 2015. En este acuerdo se delega a la DGTEC la responsabilidad de registrar OID para la Republica de Nicaragua y administrar dicho registro bajo el arco {joint-iso-itu-t(2) country(16) ni(558)}
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Normativa de Acreditación para Proveedores de Servicios de Certificación.
Define las normas aplicables en el proceso de acreditación como los plazos, la auditoría, la vigencia de la acreditación, el registro, los costos, el seguro, la infraestructura de clave pública y la evaluación de conformidad, temas necesarios para el proceso de acreditación.
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Modelo de Declaración de Prácticas de Certificación y Políticas de Certificados.
Basado en la nota técnica RFC 3647, con el propósito de brindar un modelo estándar que sirva a los interesados en ser Proveedores de Servicios de Certificación para elaborar su declaración de prácticas de certificación o políticas de certificados, los cuales son requisitos necesarios para ser reconocidos en Nicaragua y en el cumplimiento de estándares y tengan un alcance de reconocimiento internacional.
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Requisitos Generales de Proveedores de Servicios de Certificación.
Norma la operación y funcionamiento de los Proveedores de Servicios de Certificación interesados en ofrecer servicios de firma electrónica certificada, estampado cronológico (sellos de tiempo), archivo confiable de mensaje de datos (conservación de documentos electrónicos) u otros servicios como parte de su cartera de servicios en el territorio nacional.
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Requisitos específicos para emitir certificados para Firma Electrónica Certificada.
Norma que regula los requisitos específicos que deberá cumplir todo Proveedor Servicios de Certificación que solicite autorización para brindar el servicio de emisión de certificados de firma electrónica certificada como parte de su cartera de servicios en el territorio nacional, o que ya haya sido autorizado para brindar ese servicio.
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Normativa de Dispositivos Seguros de Creación de Firma.
Regula y define los requerimientos que deben de cumplir los dispositivos seguros de creación de firma para ser permitidos en Nicaragua en la generación de Firmas Electrónicas.
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Normativa para la Verificación Segura de Firma.
Norma de cumplimiento para realizar una verificación segura de Firma Electrónica Certificada generada a través de un certificado de firma electrónica certificada expedido por un Proveedor de Servicios de Certificación, en cumplimiento de los requisitos u obligaciones que deben sustentar en la prestación de sus servicios ante el público en general.
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Normas técnicas y estándares que deberán cumplir los PSC.
Base y consulta de los estándares internacionales que deben cumplir e implementar los interesados en ser acreditados como Proveedores de Servicios de Certificación.
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Normativa de Conformación de Identificadores de Objetos en Nicaragua.
Normas aplicables en el proceso de registro y administración de Identificadores de Objeto – OID, lo que permitirá regular el proceso para definir la estructura y asignación de los OID relacionados.
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Norma Técnica Nicaragüense NTN 21 001-13 (Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información SGSI) y NTN 21 002-13 (Gestión del Servicio – Parte 1).
Normas Técnicas Nicaragüenses: NTN 21 001-13 (Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información SGSI) y NTN 21 002-13 (Gestión del Servicio – Parte 1), publicadas en la Gaceta No. 126, el 8 de Julio de 2014.
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Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) de la Contraloría General de la Republica actualizadas en el año 2015.
Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) de la Contraloría General de la Republica actualizadas en el año 2015, publicadas en la Gaceta No. 67, el 14 de Abril de 2015. En esta actualización se incorporan las referencias al reconocimiento del uso de medios electrónicos al amparo de la ley 729 (ley de firma electrónica).
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Formulario de Solicitud de Acreditación como Proveedor de Servicios de Certificación.
Formulario para llenar y presentar en las oficinas de la DGTEC la solicitud para establecerse como Proveedor de Servicios de Certificación, para dar inicio al proceso de acreditación por ley.
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Formulario de Solicitud para la Verificación de Certificado de Firma Electrónica Extranjera.
Formulario para llenar y presentar en las oficinas de la DGTEC con el fin de obtener una respuesta formal del ente rector sobre la validez del certificado extranjero en Nicaragua.
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Formulario de Solicitud de Registro de OID para el Arco de Nicaragua.
Formulario para llenar y presentar en las oficinas de la DGTEC la solicitud para obtener un identificador de objeto (oid) conforme Normativa de Conformación de Identificadores de Objetos en Nicaragua.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cómo puedo obtener mi Firma Electrónica Certificada?

La Firma Electrónica Certificada se crea cada vez que se haga uso de un certificado de firma electrónica certificada, mediante un mecanismo seguro, vinculando la identidad del titular del certificado y al documento electrónico o mensaje de datos que se pretende firmar en un momento dado, creando así una firma electrónica certificada única para el documento firmado y la identidad del titular vinculado.

2. ¿Qué es un Certificado de Firma Electrónica Certificada?

Es el documento electrónico firmado electrónicamente cuyos datos son vinculados a su titular, y suministrado por un Proveedor de Servicios de Certificación quien firma dicho certificado.

3. ¿Cómo puedo obtener mi Certificado para Firma Electrónica Certificada?

Por medio de un PSC autorizado por la Dirección General de Tecnología (DGTEC) para otorgar Certificados de Firma Electrónica Certificada.

4. ¿Dónde puedo encontrar el listado actualizado de los PSC autorizados por la DGTEC?

En el sitio “Listados de Proveedores de Servicios de Certificación (PSC)”.

5. ¿Cuál es el valor legal de una Firma Electrónica Certificada?

El valor legal de una firma electrónica certificada es el mismo que tiene una firma manuscrita.

6. ¿Cuál es la Base Legal de Firma Electrónica?

7. ¿Cuáles son los usos que puede tener una Firma Electrónica Certificada?

Se puede emplear una Firma Electrónica Certificada en cualquier gestión, tramite o proceso que requiera la utilización de una firma ya sea por mandato de ley, norma o procedimiento administrativo.

Y como medio para garantizar la seguridad de la información en un activo de información electrónico. Los límites de uso de los certificados de Firma Electrónica Certificada que sean emitidos por un PSC estarán limitados por lo indicado en el contrato de servicios que establezca el Proveedor según el tipo de servicios ofrecido.

8. ¿Qué es una Firma Electrónica?

Son los datos electrónicos integrados en un mensaje de datos o lógicamente asociados a otros datos electrónicos que puedan ser utilizados para identificar al titular en relación con el mensaje de datos e indicar que el titular aprueba la información contenida en el mensaje de datos. Ver “Definición” en Artículo 3 de La Ley N°. 729.

9. ¿Qué es la Firma Electrónica Certificada?

Es la que permite identificar al titular y ha sido creada por medios que este mantiene bajo su exclusivo control, de manera que vinculada al mismo y a los datos a los que se refiere, permite que sea detectable cualquier modificación ulterior a estos. Ver “Definición” en Artículo 3 de la Ley N°. 729.

10. ¿En qué se diferencia una firma electrónica de una firma electrónica certificada?

Una firma electrónica no es basada en un certificado emitido por un Proveedor de Servicios de Certificación, mientras que una firma electrónica certificada se basa en un certificado emitido por un Proveedor de Servicios de Certificación autorizado por la Entidad Rectora de Firma Electrónica de Nicaragua.

11. ¿Cuáles son los requisitos para que una persona pueda establecerse en PSC?

Los requisitos se encuentran establecidos en el Artículo 20 de la Ley N°. 729. Así como los artículos 25, 26, 27, 28 y 29 del Decreto Ejecutivo N°. 57-2011, Reglamento de la Ley N° 729, Ley de Firma electrónica”. Adicionalmente cumplir con el Marco Normativo publicado en el sitio “Marco Normativo”.

Se recomienda a toda persona interesada a solicitar formalmente a DGTEC los requisitos que deben presentarse para establecerse como PSC, antes de iniciar el proceso de acreditación.

12. ¿Cuál es el costo de una Firma Electrónica certificada?

El costo de los productos o servicios lo establece cada PSC, en su correspondiente Declaración de Prácticas de Certificación (9.1 Tarifas), en este punto la persona interesada decide si acepta o no los términos y condiciones estipulados en el contrato de servicios que le presenta el PSC.

13. ¿Es lo mismo una Apostilla electrónica que una Firma Electrónica certificada?

No es lo mismo.

14. ¿Tiene validez en Nicaragua una Firma Electrónica basado en un certificado emitido en el extranjero?

Sí, siempre y cuando se cumpla con el Artículo 11 de la Ley N°. 729 y el Artículo 38 del Decreto Ejecutivo N°.  57-2011 “Reglamento de La Ley N°. 729”.

15. ¿Emite o vende certificados de Firma Electrónica Certificada la DGTEC?

DGTEC no emite ni vende certificados de Firma Electrónica Certificada.

16. ¿Existe riesgo de falsificación en la firma electrónica certificada?

Es extremadamente bajo (prácticamente nulo) con la firma electrónica certificada. Cada Firma Electrónica Certificada es única para el mensaje de datos o documento electrónico firmado, está basada en estándares de seguridad y criptografía reconocidos y probados internacionalmente.