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Información General

I. Misión

• Coordinar el proceso de Planificación, Gestión, Negociación, Suscripción, Administración, Seguimiento, Control y Evaluación del impacto de la Deuda Pública Interna y Externa del Gobierno Central y Descentralizado.

 

II. Política

• Cumplir y regir la administración del endeudamiento del Sector Publico en forma coherente con los lineamientos establecidos en la ley No. 477 “Ley General de Deuda Publica” y su Reglamento.

 

III. Objetivos

• Ejercer la rectoría del proceso de administración del endeudamiento del Sector Publico, de conformidad con la Ley No. 477 “Ley General de Deuda Publica” y su Reglamento; la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y su Reglamento y la Ley No. 550 “Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario”.

• Garantizar la implementación del Sistema Integrado de Gestión y Análisis de Deuda (SIGADE), para el manejo, registro, control y administración de la deuda pública interna, así como la integración de las bases de datos de la deuda del Sector Público y su interconexión con el Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoria (SIGFA).

• Garantizar que el registro de las operaciones de deuda del Sector Publico se realice de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normativas y procedimientos establecidos.

 

IV. Funciones

1. Administrar, controlar y supervisar el crédito publico.

2. Participar en la formulación de la propuesta de Estrategia Nacional de Deuda y Política Anual de Endeudamiento Público, enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo en coordinación con el Comité Técnico de Deuda.

3. Dirigir y coordinar la planificación, programación, negociación, tramitación legal, contratación, administración, supervisión, registro y control de la deuda pública del estado.

4. Elaborar, dirigir y coordinar la implementación de Normas y Procedimientos de la Administración del Endeudamiento Público.

5. Analizar, evaluar y supervisar la administración del uso de los recursos externos recibidos por las instituciones del estado, para financiar los programas y proyectos de Inversión Publica a través de Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

6. Dirigir, supervisar y controlar las Operaciones de Crédito Publico, las proyecciones multianuales de la deuda pública, el uso de los recursos externos, el cumplimiento de las condiciones, estipulaciones, prerrequisitos establecidos y las obligaciones derivadas de los mismos.

7. Controlar el pago del servicio de la deuda pública del estado y cualquier otro gasto derivado del crédito público.

8. Coordinar el proceso de integración y consolidación de las bases de datos que conforman el Sistema Integrado de Información, Registro y Control de la Deuda Externa (SIGADE) entre el Banco Central y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

9. Administrar el Sistema Integrado de Información, Registro y Control de la Deuda Pública (SIGADE) y su enlace con el Sistema Integrado de Gestión Financiera Administrativa y Auditoria (SIGFA).

10. Registrar y monitorear de la deuda pública externa e interna del resto de las instituciones del sector público.

11. Conciliar trimestralmente con los acreedores externos e internos, la situación de los créditos del sector público, incluyendo las Instituciones descentralizadas y alcaldías.

12. Implantar un sistema de registro y control de los avales, fianzas y garantías otorgados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico (MHCP) a instituciones del sector público no presupuestado.

13. Emitir informe de evaluación y recomendar medidas preventivas y correctivas de las operaciones de deuda pública externa e interna de los entes gubernamentales descentralizados, bancos e instituciones financieras, entidades empresariales del estado y alcaldías municipales.

14. Coordinar la normación, el desarrollo e implementación de los procesos del Sistema de Gestión Financiera del Endeudamiento Público.
15. Administrar las publicaciones Web de las estadísticas de deuda pública, en coordinación con la Dirección General de Tecnología.

16. Coordinar con la División General Administrativa Financiera (DGAF) la capacitación en materia de su competencia con los organismos del sector público.
 

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